Por no firmar un decreto, una empresa le debe al Estado casi un millón y medio de dólares
Se trata de Buenos Aires Container, que explota la terminal 5 del puerto desde 1994. La deuda es de 2002 y fue renegociada cuando cayó la convertibilidad, pero como el Ejecutivo no ratificó el acuerdo, nunca corrió el plazo de pago. Un informe de la AGN también señala fallas de la Administración General de Puertos como contralor de todas las concesiones.
La empresa concesionaria de la terminal 5 del puerto de Buenos Aires le debe al Estado U$S 1.477.666,50 porque el Poder Ejecutivo no emitió un decreto que ratificara la renegociación de ese compromiso tras la caída de la convertibilidad.
Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), la firma en cuestión es Buenos Aires Container Terminal Service S.A., que opera en el puerto desde 1994. La deuda corresponde al 8° período de 2002 y había sido reestructurada en el marco de la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario. En diciembre de 2005, se firmó un Acta Acuerdo en el que se estableció un plan de seis cuotas semestrales. La primera de esas cuotas debía ser abonada “dentro de los 30 días de la entrada en vigencia del decreto ratificatorio del mencionado Acta Acuerdo”. Pero, como el decreto nunca se firmó, “no ha comenzado a correr el plazo para el cumplimiento del pago pautado”, dice el organismo de control.
No obstante, esa no es la única deuda de Buenos Aires Container. La AGN menciona otro compromiso, del período 5° de 1999 por $ 1.203.605,59, que al momento de la realización del informe, aprobado este año sobre datos del período 2001-2007, se encontraba en “etapa de apertura de prueba”, a la espera de una resolución judicial.
Más allá de los incumplimientos de la empresa, la Auditoría enfocó su trabajo en la labor de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado (AGPSE) como controladora de todas las concesiones.
En el informe se destaca que la AGPSE autorizó la modificación accionaria de Buenos Aires Container pese a “no encontrarse satisfecha la pluralidad sustancial de socios que exige nuestro ordenamiento jurídico sobre sociedades anónimas”. Es que, según la Auditoría, en 2000 se permitió que la empresa IIHC se quedara con el 99,99999% de las acciones de Buenos Aires Container, mientras que otra firma, ITCSI se quedó con el 0,00001%. “No hay contrato de sociedad sin pluralidad de socios”, razona el organismo de control y añade que esa pluralidad debe “ser real y no ficticia o meramente formal”.
Al mismo tiempo, no se cumplió con otro de los requisitos del contrato de concesión con Buenos Aires Container, que maneja aproximadamente el 35% de la carga contenedorizada del puerto. Es el que prevé que el 4% del capital social de la firma debía ser puesto a disposición del personal a título oneroso bajo la forma del programa de propiedad participada (PPP). La propia AGPSE informó que “no se pudo concluir con ese trámite hasta tanto no se resuelvan una serie de impugnaciones efectuadas, entre otros, por estibadores que habían quedado excluidos del listado de beneficiarios”, explica el informe.
Por contrato, Buenos Aires Container tenía que hacer obras de mantenimiento correctivo y preventivo de la infraestructura que explota, y elevar un informe anual. Sin embargo, la AGN afirma que “no existe evidencia” de que se realicen seguimientos de las observaciones que formula la gerencia de seguridad y control ambiental, ni que se plantee una metodología que establezca plazos de corrección y aplicación de eventuales penalidades.
La Auditoría observó otra falencia de la AGPSE. Y es que la dependencia “no cumple con el mantenimiento del ancho y la profundidad necesaria para la navegación y maniobra segura en el canal de acceso al puerto, dársenas y espejos de agua”, como lo establecía el pliego de la concesión. Asimismo, este incumplimiento figura en informes de la AGN aprobados en 1997, 1998, 1999, 2000 y 2004.
Cuando las seis terminales portuarias fueron concesionadas en 1993, se designó a la Sociedad Administradora de Puertos (SAP) como autoridad y controladora de los contratos, pero hasta el cierre del informe de la Auditoría esa oficina no había sido constituida, por eso es que la Administración General de Puertos viene cumpliendo las funciones asignadas a la SAP. De hecho, la AGPSE funciona pese a que otro decreto, el 817 de 1992, establecía su disolución cuando se privatizaran, transformaran o transfirieran los puertos bajo su jurisdicción, algo que pasó hace 16 años.