INFORME DE CIPPEC SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS GOBIERNOS DISTRITALES: La mayoría de los ejecutivos crearon la figura del Defensor del Pueblo, pero la mitad aún no lo designó. Sólo cuatro regulan la recepción de obsequios para funcionarios

¿Los poderes son independientes en los estados provinciales? ¿Existen mecanismos de control? Una investigación a cargo del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec) para evaluar la calidad de las instituciones en las provincias arrojó respuestas preocupantes sobre esos dos interrogantes. Según el informe, la legislación que regula el conflicto de interés en los estados provinciales es incompleta y está dispersa. Incluso, en la mayoría de los distritos el marco regulatorio presenta importantes vacíos: "la legislación vigente no prevé mecanismos de control del cumplimiento y, por tanto, en la práctica éste depende en gran medida de la buena voluntad y la integridad de los funcionarios", indica del texto. Por ejemplo, en todas las provincias los funcionarios del Ejecutivo y los legisladores deben presentar declaraciones juradas, pero en ningún caso la ley exige que estas sean auditadas. 

El relevamiento del Cippec indica que en diez provincias no hay ningún tipo de regulación sobre obsequios y cortesías para los funcionarios del Poder Ejecutivo ni para los legisladores. 

Según el estudio coordinado por la politóloga del Cippec María Page, sólo en cuatro provincias (Chubut, Río Negro, Santa Fe y Santa Cruz) la ley establece un período de carencia durante el cual quienes ocuparon cargos electivos no pueden emplearse en el sector privado en temas relacionados con la función pública que cumplían. De todos modos, en esos cuatro distritos donde el conflicto de intereses está regulado la legislación no prevé mecanismos para el control ni agencia alguna encargada de monitorear el cumplimiento de las normas que regulan el conflicto de interés.

En este contexto, la investigación saca a la luz que la "cultura de rendir y pedir cuentas" también es débil. En la mayoría (86,4%) de los casos relevados no es habitual que el gobernador y su gabinete se presenten en ruedas de prensa, concurran a la Legislatura para fundamentar sus decisiones políticas o respondan los pedidos de informe presentados por los legisladores. Tampoco son habituales las interpelaciones. 

Asimismo, la ONG revela que en general las funciones oficiales de los gobiernos no suelen mantenerse totalmente separadas y distintas de las funciones del partido de gobierno. Este fenómeno se registra en la mayoría de las provincias (95,5%) aunque con intensidad diversa.

Otro dato que destaca el Cippec es que si bien la ley establece un mecanismo transparente para la elección de los jueces provinciales –que requieren confirmación por parte del Legislativo– en diez de los distritos los informantes de la ONG sostienen que en la práctica el mecanismo de designación de magistrados es permeable a influencias políticas.

En cuanto a las agencias de control externo, el trabajo destaca que pese a que "todas las provincias relevadas cuentan con una agencia orgánica y funcionalmente independiente del Ejecutivo provincial" (típicamente tribunales de cuentas aunque en los casos de la la Ciudad de Buenos Aires y de Salta se trata de una auditoría general), en ningún caso, sin embargo, "la ley asigna a estas agencias el control de la eficacia, la eficiencia o los resultados del sector público provincial".

En el mismo sentido, al momento del relevamiento, existen 18 provincias donde la legislación crea el instituto del Defensor del Pueblo, pero en nueve de estos casos (Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, La Rioja, Neuquén, San Luis y Tierra del Fuego), el Defensor todavía no ha sido designado, por lo que la institución no funciona en los hechos. La figura del Defensor del Pueblo no está prevista en la legislación de Catamarca, Mendoza, Salta y Santa Cruz.

En el resto, CABA, Chubut, Córdoba, Formosa, Jujuy, Río Negro, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán, las defensorías están funcionando aunque la evaluación de la efectividad de la institución en los distritos que integran este segundo grupo es heterogénea. En Chubut, Córdoba, Formosa y San Luis la actuación del Defensor ha sido evaluada como débil, mientras que las de Río Negro y Santa Fe son las que exhiben un mejor desempeño.

Las legislaturas, sin equilibrio

Sólo en nueve provincias los partidos de oposición tienen una representación en la legislatura provincial que les permite influir en la agenda legislativa, ya sea aprobando legislación o consiguiendo el tratamiento de cuestiones relevantes en términos de políticas, apunta el Cippec. Se trata de la Ciudad de Buenos Aires, y las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Corrientes, Mendoza, Río Negro, Santa Fe y Tierra del Fuego. En el resto de las provincias, en cambio, la representación de los partidos de oposición en el Poder Legislativo provincial es tan acotada que su influencia es muy limitada y, en algunos casos (Entre Ríos, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tucumán), casi simbólica. "Este dato es importante porque cuando los partidos de oposición tienen en la legislatura una presencia apenas marginal quedan desvirtuados muchos de los dispositivos destinados a garantizar el equilibrio y los controles entre los poderes del Estado", concluye la ONG.