Cómo controlar el financiamiento político y de las campañas electorales
Las opciones abarcan la elaboración de un plan de procedimientos y un marco jurídico adecuado que permita actuar a la Auditoría de la Ciudad de Buenos Aires. Para el magíster Ricardo González Dorfman, también debería haber capacidad punitiva para obligar a que el controlado brinde información.
El financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales aparece muchas veces en el centro del debate público. Nada parece ser suficiente para resolver la problemática. Ni siquiera la sanción de la Ley 27.504, que cosecha elogios y críticas casi por igual.
Sobre ese tema trabajó Ricardo González Dorfman en sus tesis de Maestría en Auditoría Gubernamental de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) titulada “Los procedimientos de control del financiamiento de las campañas electorales a cargo de las entidades fiscalizadoras superiores. El caso de la AGCBA”.
Allí, propuso una reglamentación y mecanismos nuevos para poner en funcionamiento a través de un manual de procedimientos, donde las actividades estén clasificadas, por un lado, según los subcomponentes que integran (equidad y transparencia electoral) y por el otro, en base al momento cronológico en que se realizan (antes, durante o después de la campaña electoral) para controlar dicho flujo económico.
Esa regulación que aborda las fuentes de dinero, los gastos, la transparencia y rendición de cuentas se llama Sistema de Financiamiento Político. “Menciono la solución con una especie de manual de procedimientos de la Auditoría de la Ciudad de Buenos Aires para el control de financiamiento de los partidos políticos a nivel local”, aseguró el tesista.
“Pero tampoco existe ese control ni en la Provincia de Buenos Aires ni en la mayorías de las provincias –aclaró-. A nivel federal, la Cámara Nacional Electoral tiene un organismo específico que hace esfuerzos, trabaja y está bastante descentralizado, pero debería tener un manual de procedimientos muy actualizado, en red y que eso sea público desde punto de vista de que las contrapartes controladas sepan a qué atenerse”.
González Dorfman también proyectó la necesidad de contar con un adecuado entorno jurídico que fundamente, impulse y desarrolle mecanismos adecuados y efectivos de fiscalización del flujo de recursos en las campañas electorales que, en base al principio de transparencia, se implementarían a través de un régimen jurídico.
“Los organismos de control tienen que tener tres condiciones: capacidad de solvencia técnica; capacidad profesional y metodológica para llevar adelante la práctica; y capacidad punitiva que, por lo general, falta. Me refiero a obligar a que el observado o el controlado brinde información”, planteó.
Sobre los organismos de control, Dorfman afirma que "sería interesante que contaran con la posibilidad de penalizar".
“Si no lo hace en tiempo y forma –continuó-, sería interesante que -el ente auditor- contara con la posibilidad de penalizar. Para eso, tiene que haber un entorno jurídico adecuado: un marco normativo nacional para caso federal y uno provincial para las provincias y para la Ciudad”.
Para el tesista, "otro de los aspectos es que la sociedad sepa a quién va a votar o quién financia al candidato. Si aun sabiendo que lo financia Frankestein uno lo vota, ya entra en juego la responsabilidad de cada uno. A veces, la sociedad se autojustifica diciendo que no sabía que pasaba eso” ¿La gente cambaría su voto en caso de contar con esa información? “No sé cómo votaría, pero creo que es un derecho conocer lo que uno vota”, dijo.
¿Por qué eligió esta temática? “Desde lo objetivo, es un tema que para mí es fundamental y no se tiene en cuenta al nivel que se debiera”, comenzó, y agregó: “Yo conocí el tema como apoderado partidario de distintos partidos políticos, luego fui director de Proyecto del Área de Asuntos Institucionales y Partidos Políticos de la AGCBA y la tuve experiencia de mirarlo desde el otro lado de la mesa”.
En la Argentina, el control no es concomitante. Lo único que se acerca un poco al control en tiempo real es el informe previo, que debe ser presentado 10 días antes de la campaña. Pero está pensado más desde punto de vista de encontrar consistencias entre el informe previo y el final, y no para que sea público. “El objetivo es contable, metodológico, pero no político, en el sentido de que la gente sepa quién financió la campaña”, explicó González Dorfman.