La Defensoría General de la Nación (DGN) presentó ante las comisiones de Legislación Penal y de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados de la Nación una serie de propuestas y modificaciones legislativas, que se encuentran disponibles en formato e-book, para combatir la violencia hacia las mujeres.

Según explicaron, “en lo que respecta a la aplicación del derecho penal, se han dado innumerables ejemplos de cómo las leyes dotadas de contenido se vuelven discriminatorias a pesar de la neutralidad normativa”.

El texto de la DGN cita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que reconoció el carácter compensatorio de la obligación de adoptar medidas que eliminen la desigualdad real en el marco de los sistemas de justicia, solicitando a los Estados que incorporen mecanismos para eliminar las situaciones de desventaja que afrontan ciertos grupos en relación con otros.

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El documento sostiene que la interpretación de las leyes, que es lo que las dota de contenido, “no puede dejar de reproducir los requisitos y contextos para los cuales han sido ideadas originalmente en base a experiencias masculinas que excluyen el punto de vista de las mujeres y otros grupos históricamente subordinados.” 

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Sobre el acceso a la justicia, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer indicó el deber de adoptar medidas tendientes a eliminar la desigualdad en el marco de los sistemas de justicia. En ese sentido, recordó que “existen obstáculos y restricciones objetivas, que se observan en la práctica o en los requisitos en materia probatoria que impiden a las mujeres el acceso a la justicia en pie de igualdad”.

“Los organismos internacionales de derechos humanos han incorprado a sus desarrollos los aportes realizados por la crítica feminista al derecho y, en consecuencia, han hecho hincapié en la especial protección que merecen las mujeres y el colectivo LGBTIQ+ dada su situación de vulnerabilidad”, remarcaron en el documento.

Para la DGN, “a pesar de que el derecho penal ha pretendido ser un espacio neutral, lo cierto es que aún perviven categorías y prácticas discriminatorias originadas en la existencia de patrones sociales y culturales androcéntricos”.

En el último apartado, la DGN, sugiere también que se modifiquen algunos aspectos de la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. “Se sugiere considerar la necesidad de dar respuestas específicas a ciertas manifestaciones de la violencia, por ejemplo, situaciones de acoso sexual en ámbitos laborales, de salud o educativos, entre otros”, sostiene el documento.

Para la DGN, el problema de la Ley 26.485 es que “no ofrece definiciones, lineamientos de políticas públicas ni mecanismos de acción que hayan sido pensados y elaborados a partir de sus voces y vivencias para dar respuestas adecuadas a las formas específicas de discriminación y maltrato que ellas sufren por motivos de género”.