La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó, mediante la Resolución 2640/2023, los lineamientos generales para “sentencias claras”, una forma de escritura simplificada y autosuficiente que para su comprensión no sea necesario recurrir a otros documentos.

Las sentencias escritas deberán seguir una estructura con descripción del objeto de la demanda; descripción de la forma en que la decisión apelada resolvió la cuestión y una breve reseña de sus fundamentos; individualización de la parte que recurre al Tribunal y descripción de sus agravios; explicitar los requisitos de admisibilidad del recurso y de la cuestión que debe resolver el Tribunal; y desarrollo de los argumentos utilizados por el Tribunal para tomar su decisión. Todo esto bajo una redacción clara de la parte resolutiva de la sentencia del Tribunal.

A pesar de que el nuevo instrumento fue aprobado, hubo disidencia parcial por parte de Ricardo Lorenzetti, miembro de la Corte, quien aseguró que desde hace varias décadas se viene impulsando el uso de un lenguaje claro y que una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "debería sistematizar lo existente en el país y abordar los temas que hoy se analizan en el derecho comparado para que sea abordado por el Poder Judicial en su conjunto en beneficio de la población”.

“Lo que se propone, lamentablemente, es limitadísimo, meramente declarativo y no está dirigido a la población, como se verá en esta disidencia”, señaló Lorenzetti y explicó que lo aprobado “es sólo aplicable la admisibilidad de los recursos extraordinarios que dicta la Corte Suprema”.

Según Lorenzetti “la cuestión referida al lenguaje ha sido tratada en numerosas oportunidades durante muchos años” y remarcó que existen distintas experiencias en las justicias provinciales, por ejemplo en Córdoba, hay un Comité de Lenguaje Claro y Lectura Fácil que dispuso por Acordada la redacción de sentencias y resoluciones en términos sencillos.

En Buenos Aires, hay una ley provincial (15.184) que comprende a los tres poderes del Estado provincial. La Corte Suprema de Justicia de la provincia se adhirió a la Red Nacional de Lenguaje Claro y viene promoviendo modelos de comunicación accesible.

En La Pampa se aprobaron pautas para la redacción de resoluciones judiciales en Lenguaje Claro. En Entre Ríos, está en vigencia el artículo 495 del Código Procesal Penal que incorpora el uso del Lenguaje Claro en las sentencias penales. En Formosa, el poder judicial aprobó en 2020 la Guía de Lenguaje Claro que estableció pautas de redacción y de expresión oral, para todos los tribunales y Juzgados de todos los fueros e instancias del Poder Judicial formoseño.

Chaco tiene una Guía de Aproximaciones al Lenguaje claro aprobada por el Superior Tribunal de Justicia. Mientras que en Corrientes se creó el Ateneo de Lenguaje Claro, espacio institucional e interdisciplinario para el intercambio y deliberación de prácticas de comunicación y redacción de textos.

Por su parte, Rio Negro tiene un Manual de Estilo, en Misiones una Ley provincial aplicable sólo al Poder Judicial la cual establece que las sentencias se redacten de una manera comprensible. Tierra del Fuego, Tucumán, Mendoza, Jujuy también tienen disposiciones similares.