El Instituto Provincial de Salud salteño no se ajustó a la Ley de contrataciones vigente
Según un trabajo de la Auditoría de Salta, algunas áreas del organismo realizan todas sus compras en forma directa y, otras desconocen cuál es el marco que regula sus operaciones. Además, el organismo compra medicamentos en farmacias y droguerías que no están habilitados paga ser proveedores del Estado, y paga por convenios de locación que están vencidos.
La Auditoría General de Salta (AGPSA) detectó que el Instituto Provincial de Salud (IPS) realiza contrataciones sin respetar la Ley 6838, que rige en la provincia sobre esos contratos. Además, verificó que algunas áreas se manejan exclusivamente con el sistema de compra directa y que hay sectores que desconocen el marco que regula sus compras.
Si bien, la Obra Social Provincial cuenta con la Resolución 74/02 del Régimen de Compras y Suministros que regula sus contrataciones, para la Auditoría, esta normativa “se aparta en varios aspectos de la Ley 6938”.
Es que según el informe, aprobado este año sobre datos de 2005 a 2006, el régimen interno estipula para “las contrataciones por compra directa, previstas como excepcionales, supuestos muy amplios” y “permite superar el tope de $ 10 mil”, mientras que la “Ley provincial sólo aprueba $ 5 mil”.
Incluso, el artículo 34 de la Resolución dispone que las contrataciones se realicen mediante compra directa en casos de “adquisición de medicamentos, accesorios de farmacia y perfumería destinados a la Obra Social, cuando los mismos se compren a un productor o distribuidor exclusivo, aparatos o elementos para prevención, curación y rehabilitación de los asegurados”.
Para el organismo de control “estos supuestos son tan amplios que le quitan el carácter excepcional que el sistema de compra directa debe tener”.
Asimismo, señala el informe, que el área Prótesis realiza “todas las contrataciones por compra directa”, y vuelve a definir que la norma referida a este método “se encuentra destinado a atender cuestiones excepcionales”, pero que “en este sector se utiliza para todas las ocasiones”.
Otra de las observaciones de la AGPSA fue que algunos “sectores dentro del Instituto desconocen el marco normativo que les corresponde –Ley 6838 y Resolución 74-, como es el caso del Departamento de Óptica Social”, donde también “el procedimiento de compras es directo, no consta en las actuaciones dictamen alguno que justifique el procedimiento de contratación elegido”.
Por otra parte, el Instituto “no realiza programación de las compras, conforme lo exige la Ley”, y la Resolución interna 74/02 “no establece qué gastos se pueden atender con Caja Chica, ni define un límite monetario para los mismos”.
Convenios con prestadores
Según el informe, “las contrataciones con prestadores médicos y proveedores de insumos o servicios carecen de antecedentes que funden, expliquen, justifiquen y demuestren su adecuada selección”.
Incluso, la Unidad Central de Contrataciones (UCC) informó que se realizaron “contrataciones con laboratorios, droguerías y farmacias, que no están habilitados en el registro de proveedores del Estado”. Sólo ocho empresas cumplían con este requisito.
A su vez, el organismo de control agregó que dentro de la regulación interna del Instituto “no existe una cláusula que exija ser proveedores del Estado, en los casos de concurso de precios o compra directa”.
Entre otras cosas, a raíz de un contrato con la Cámara de Prestadores de la Salud del Norte de la Provincia de Salta, la Auditoría detectó que el Instituto “pagó como Gastos Administrativos los que en realidad eran de Soporte Administrativo”, por lo tanto, erogaciones necesarias “para cumplir con la prestación, y que deberían ser soportados por el prestador y no por el IPS”.
Contratación de insumos y servicios
Al momento de auditar el sector Farmacia, el organismo de control constató, que tampoco se cumple con la legislación provincial vigente porque “no utilizan el sistema informático creado para el IPS ni uno estándar, no cuentan con manuales de procedimiento y utilizan en forma frecuente la contratación directa”.
En el área “tampoco cuentan con comprobantes (-de sus operaciones como- órdenes de compra, facturas, remitos y constancia de recepción de los productos adquiridos), y es la Tesorería quien emite la orden de pago y realiza el pago sin cumplir con la separación técnica que debe existir”, agrega el informe.
En cuanto a los convenios de locación, la AGPSA explica, que tampoco se cumple con la Ley de Contrataciones y que, incluso, “varios contratos se encuentran vencidos aunque el IPS sigue pagando el servicio respectivo”.
Por último, la Auditoría de Salta finalizó su informe indicando que “el sistema de control interno es informal, insuficiente y evidencia profundas debilidades”.