La Ley 27.642 de Promoción de Alimentación Saludable, más conocida como Etiquetado Frontal, tiene como objetivo garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de la población, a través de la promoción de información nutricional simple y comprensible para la toma de decisiones asertivas, activas que resguarden los derechos de los consumidores mientras advierten sobre sus excesos. 

 El plazo para que las grandes empresas incorporen el etiquetado frontal en sus productos venció el 20 de mayo de 2023.

En relación a los plazos, la Ley previó la implementación de los sellos en dos etapas con la posibilidad de solicitar prórroga de seis meses por única vez y sólo para en esta primera etapa. La fecha límite para que las grandes empresas incorporen el etiquetado frontal en sus productos se cumplió el 20 de mayo de 2023. Para las pymes venció el 19 de agosto la primera etapa y en noviembre se cumple la fecha límite para que le agreguen al envase de sus productos información sobre excesos de componentes como azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías. A la vez, la normativa busca prevenir la malnutrición de la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

El cumplimiento de la normativa le corresponde a todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano en la República Argentina.

La Ley establece la obligación de colocar sellos de advertencia en la cara frontal de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas que presenten exceso de nutrientes críticos. Estas leyendas pueden expresarse como: “Exceso de sodio”, “Exceso de azúcares”, “Exceso de grasas saturadas”, “Exceso de grasas totales” y/o “Exceso de calorías”. A su vez, aquellos productos que contengan edulcorantes y/o cafeína deberán contener una leyenda precautoria que indique: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as” y/o “Contiene cafeína, evitar en niños/as”.

Esto se aplica a cajas, cajones, y cualquier otro tipo de empaquetado que contenga los productos en cuestión. Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados en ausencia del cliente o de la clienta que tengan más de una cara principal deben llevar el sello de advertencia y la leyenda precautoria en cada una de sus caras principales.

Baja adhesión provincial 

Al momento se han adherido al cumplimiento de la normativa siete provincias: Chaco, Chubut, La Rioja, Río Negro, Salta, Neuquén y Tierra del Fuego. Las tres últimas fueron las que registraron mayores avances, sobre todo en mecanismos de implementación, Salta mediante la Ley Nº 8.369, Neuquén a través de la Ley 3.351 y el Decreto 1.365 y Tierra del Fuego con la Ley Nº 8.369. 

La normativa es de alcance nacional, por lo que en caso de que las provincias continúen sin avanzar con la implementación podría afectar a los entornos escolares y a las compras públicas. En tanto, el etiquetado de alimentos y las restricciones de publicidad son de competencia exclusiva de Nación y dependen de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

“Se realizaron encuentros en todo el país organizados por el Programa Nacional de Alimentación Saludable para fortalecer la implementación de la Ley”, amplió Sandra Marcela Tirado, secretaria de Acceso a la Salud del Ministerio de Salud de la Nación en comunicación con El Auditor.info.

En esa misma línea, Tirado explicó que además acompañan a productores locales para la correcta ejecución del etiquetado frontal y para la reformulación de productos locales para proveer a las escuelas.

Hasta el momento sólo se adhirieron 7 provincias a la normativa.
Hasta el momento sólo se adhirieron 7 provincias a la normativa.

Capacitación

Para la incorporación de educación alimentaria nutricional se han desarrollado 3 cursos de capacitación a través del Instituto Nacional de Formación Docente (INFOD), destinado a todos los maestros del país, para los tres niveles educativos en donde ya se inscribieron más de 12.000 docentes.

A la vez, se elaboraron materiales didácticos para acompañar la capacitación docente que por medio del INFOD realizó el primer tramo que estuvo dirigido a personas a cargo de los comedores escolares y tuvieron más de 6.000 inscriptos.

Regulación

”Se elaboró desde el Programa Nacional de Alimentación Saludable una propuesta de Plan General de Monitoreo de la Ley", especificó Tirado en referencia al control que se debe realizar sobre el funcionamiento de la normativa.

Entre los puntos que completan el plan se puede destacar: el monitoreo de la normativas complementarias y de las herramientas necesarias para la implementación y el control de la reformulación de los productos alimentarios. “Se encuentra en proceso de relevamiento un estudio de opinión dirigido al público general sobre el alcance de la Ley”, puntualizó Tirado.

Según la investigación elaborada por organizaciones de la sociedad civil, el mapa normativo se encuentra en un 63,3% de implementación y el porcentaje restante depende de que las provincias avancen en la adhesión de la Ley.

Educación y compras públicas

La Ley tiene dos puntos fuertes que vale la pena destacar y que necesita de la adhesión  y por lo que es importante que las provincias se adhieran. Por un lado, la implementación de la normativa en establecimientos educativos que debe garantizar un piso mínimo e igualitario en la educación alimentaria nutricional de todo el país y que, a la vez, debe contar con entornos escolares saludables reglamentados por cada jurisdicción.

Por otro lado, las compras públicas y su adopción a criterios de alimentación saludable por parte de las adquisiciones realizadas por el ministerio de Desarrollo Social de la Nación, sean centralizadas o descentralizadas. Aún no se ha dictado una norma complementaria sobre su implementación. Sin embargo, el Ministerio ya ha comenzado a incorporar las exigencias establecidas por la ley en su régimen de contrataciones, así como en los requisitos para financiamiento de programas alimentarios jurisdiccionales.

Otras iniciativas similares

En concordancia al etiquetado frontal, la empresa Arcor empleó una estrategia de alimentación y hábitos de vida saludable similar denominada "Tu porción justa", bajo la premisa de que una vida saludable es una vida equilibrada, en la que darse un gusto y cuidar la salud van de la mano, la compañía propuso a los consumidores que se incluyan todo tipo de alimentos en sus proporciones correspondiente.

Según el relevamiento realizado por Datos Claros en julio de este año sobre las entre comidas se identificó que el 70% de los consultados declaró realizar colaciones de forma habitual y el 66% sostuvo que suele premiarse con golosinas, galletas, snacks y postres. Acerca de la frecuencia, el 65% de los encuestados dijo que realiza colaciones a diario, una o más de una vez al día, mientras que las mujeres realizan colaciones con mayor frecuencia diaria que los hombres, 73% vs 52%.

En este contexto el programa ayuda al consumidor a decidir qué y cuánto comer en cada colación, dado que brinda alternativas de productos de consumo opcional envasados en porciones individuales con un límite de peso y calorías establecido. Los productos que forman parte del programa están identificados con un logo que indica que están especialmente empaquetados en porciones individuales recomendadas o bien, cuando son envases más grandes, muestra cuál es la porción sugerida.