Paraguay: definen cómo controlar los gastos en la emergencia
Luego de que el Congreso habilitara al Ejecutivo a endeudarse en U$S 1.600 millones para enfrentar la pandemia, la Contraloría dispuso rendiciones de cuentas cada dos meses y que se pueda acceder a los datos vía web.
La aparente tensión entre salud y economía no parece ser la única provocada por el coronavirus. Es que la magnitud de la crisis llevó a varios gobiernos a tomar medidas extraordinarias para acelerar endeudamientos, transferencias, compras y contrataciones, que terminaron sacando a la luz otro equilibrio por lograr: agilizar el uso de los fondos públicos sin resignar transparencia.
Esa preocupación, que ya fue manifestada por el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea y el Banco Interamericano de Desarrollo, tiene su correlato en el Paraguay, donde la Contraloría General de la República -un equivalente a la AGN argentina- estableció los mecanismos para fiscalizar el llamado Fondo de Emergencia Sanitaria.
Los recursos en cuestión están incluidos en una Ley mediante la cual el Congreso nacional habilitó al Poder Ejecutivo a endeudarse en U$S 1.600 millones para enfrentar la pandemia.
La norma, que justamente declaró la emergencia sanitaria, prevé transferencias de U$S 100 millones al Instituto de Previsión Social para sostener el sistema de salud y compensar a los trabajadores registrados que fueron afectados por las medidas de confinamiento.
Al cierre de esta edición, el país sumaba 713 casos confirmados, 10 muertes y 165 recuperados.
También habrá compensaciones para las empresas estatales de energía Ande, que no cobrará los consumos menores a 500 kilovatios mensuales, y la de agua Essap que, además, deberá fortalecer la provisión del servicio en áreas vulnerables.
Asimismo, se destinarán U$S 300 millones a subsidiar a los trabajadores no registrados, quienes recibirán dos mensualidades de 545.000 guaraníes cada una, algo más de U$S 83 al cambio vigente en el país. Y, por último, habrá U$S 36 millones para financiar a Pymes.
Para completar, la Ley conmina a las contratistas o concesionarios del Estado que estén involucrados en el Fondo de Emergencia Sanitaria a presentar declaraciones juradas de bienes y rentas, activos y pasivos de los accionistas, directores, socios y gerentes.
El control
Si bien el propio texto de la Ley previó la creación de una Comisión Bicameral legislativa para hacer un seguimiento de la administración de los recursos, fue la Contraloría General de la República la que estableció cómo se harán las fiscalizaciones.
Fue mediante la Resolución 208/20, que, entre otras cuestiones, dispuso que “el Poder Ejecutivo y las entidades del Estado que ejecuten fondos presentarán cada 60 días sus rendiciones de cuentas” tanto al Congreso como al propio organismo de control “con toda la documentación de respaldo”.
Además, el par de la AGN argentina convocó al Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación para que “desarrolle los recursos que permitan la recepción y publicación de las rendiciones de cuentas” en un apartado de la web.
La Contraloría trabajará con la Oficina Anticorrupción y un ente de control interno, equivalente a la SIGEN.
Por otra parte, en cuanto a la participación ciudadana, la Ley de Emergencia Sanitaria obligó a la Contraloría a “generar mecanismos para la recepción de denuncias sobre presuntos hechos de corrupción vinculados a la ejecución de los proyectos y programas financiados”.
Volviendo a la resolución, esas justificaciones de gastos deberán presentarse los últimos días hábiles de mayo, julio, septiembre y noviembre, más un relevamiento final en diciembre.
“Las rendiciones serán publicadas en formato de datos abiertos, facilitando el acceso a la ciudadanía, lo que permitirá un control total de los recursos utilizados durante la emergencia sanitaria”, dice el texto del ente de control.
La Contraloría no estará sola en la tarea. De hecho, “para el cumplimiento de los objetivos” la resolución prevé la “coordinación de acciones con la Secretaría Nacional Anticorrupción y la Auditoría General del Poder Ejecutivo”. En relación al Estado argentino, estas dependencias equivalen a la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), dedicada al control interno.