En la Ciudad de Buenos Aires funciona la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y la Equidad Educativa (UEICEE), creada en 2014, como ente descentralizado del Ministerio de Educación. El objetivo establecido por la Ley N° 5049 era el de “diseñar, desarrollar y coordinar la evaluación integral del sistema educativo” porteño.

La UEICEE tiene nivel de subsecretaría y es asistida por dos órganos asesores, que son el Consejo Consultivo y el Comité Científico Académico. En rigor, reemplaza a la ex Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa, suprimida a través del decreto que reglamenta la Ley N° 5.049. 

En ese sentido, la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) detectó una serie de debilidades que van desde aspectos de "ausencia de formalización organizativa y de los circuitos operativos" hasta falencias vinculadas con los procesos de adquisiciones y contrataciones.

Contrataron a una sociedad de hecho para realizar un estudio de imagen de la educación en la Ciudad argumentando razones de urgencia.
Contrataron a una sociedad de hecho para realizar un estudio de imagen de la educación en la Ciudad argumentando razones de urgencia.

Entre ellas, por ejemplo, se destaca que “no se realizó el concurso que prevé la ley 5049 para la cobertura del cargo de Director Ejecutivo”. En tal sentido, la norma permite transitoriamente la designación en el cargo por Decreto del Jefe de Gobierno por el período comprendido entre la publicación de la ley y el 1° de enero de 2016. A partir de esa fecha, la designación debe hacerse por concurso.

Sin embargo, durante la auditoría realizada en 2016, el proceso no fue el que establece la Ley. “El trámite permaneció inactivo entre el 25 de febrero de 2016 y el 1° de agosto de 2017, cuando la UEICEE incorpora un informe técnico proponiendo los perfiles para los integrantes del jurado”, aclara el informe aprobado este año.

Recién el 2 de agosto de 2017, la Ministra de Educación elevó el expediente al Ministerio de Hacienda  por la necesidad de reglamentar el concurso del titular del organismo. “La activación del expediente se origina luego de que el equipo de auditoría comenzó a solicitar los avances en la materia”, destaca el informe.

Se detectaron “falencias de planificación y de ejecución de las compras y contrataciones”.

Actualmente, sigue en el cargo la persona que fue nombrada por el Ejecutivo porteño en diciembre de 2015. Así fue presentada en diversas notas realizadas en diferentes medios de comunicación.    

Además, la AGCBA detectó “falencias de planificación y de ejecución de las compras y contrataciones”. No tuvo un Plan de Compras para 2016 y utilizó el mecanismo de excepción por razones de urgencia que le permitió aprobar gastos por decreto.

Pero hay dos casos concretos que muestran una situación anómala. Contrataron a una sociedad de hecho para realizar un estudio de imagen de la educación en la Ciudad argumentando razones de urgencia. “En la documentación revisada no surge suficiente fundamentación de las razones esgrimidas” para no llevar a cabo el procedimiento de compras que establece la Ley 2095.

Mediante decreto, también aprobaron el gasto que demandó el traslado y carga de datos del operativo de evaluación de la Finalización de Estudios Secundarios en la Ciudad de Buenos Aires (FESBA)  realizado en 2014. Para los auditores, “habiendo transcurrido casi dos años, no parece quedar plenamente justificada la aludida urgencia”. Además, el servicio ya estaba prestado al momento de autorizar el gasto.

Por otra parte, tampoco fue elaborado el Plan Plurianual de Evaluación del Sistema Educativo, “cuya confección fue asignada por ley a la UEICEE en forma conjunta con el Ministerio de Educación”.

Tampoco hay “homogeneidad” en los formatos de presentación de los Planes Anuales de Evaluación y los Informes de Gestión, que el órgano que evalúa la calidad educativa debe hacer de manera obligatoria en la comisión de Educación de la Legislatura antes del 1° de octubre de cada año. Esa falta de un criterio único dificulta “su lectura comparativa y su comprensión”.

Por último, la AGCBA da cuenta de que “no se elaboró un documento que exponga, clarifique y desarrolle los conceptos y criterios rectores sobre aspectos fundamentales de la razón de ser del ente, tales como la relación entre evaluación, calidad y equidad educativas”. En este contexto, la UEICEE hizo su descargo, en el que afirma que “se desarrolló un instrumento que se encuentra en proceso de edición”.