El Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) consensuó un proyecto de ley de humedales que será presentado en el Congreso de la Nación. Desde El Auditor.info dialogamos con Rubén Quintana, investigador del CONICET y especialista en la materia, sobre los cambios que se realizaron en base al proyecto anterior.

El COFEMA consideró parte del proyecto presentado por el diputado Leonardo Grosso y armó uno propio con el consenso de las 24 jurisdicciones argentinas.

En mayo, el diputado nacional Leonardo Grosso presentó en el Congreso un proyecto de ley para la conservación de humedales. Se trató del mismo proyecto que en febrero de este año había perdido estado parlamentario. El COFEMA consideró parte del documento y armó uno propio con el consenso de las 24 jurisdicciones argentinas. ¿Cuáles son los cambios introducidos? Se realizaron modificaciones en las definiciones, diferencias en las sanciones y multas, falta de participación ciudadana y el incumplimiento con el Acuerdo Escazú, entre otras.

“El nuevo proyecto es mucho más corto que el anterior y eso está bueno. El otro era una iniciativa con muchas definiciones incorporadas, cosas que podrían estar luego en la reglamentación y no en el proyecto mismo. Es más liviano y atractivo para la discusión en el recinto”, comentó Quintana al comparar el proyecto consensuado por COFEMA con el del diputado Leonardo Grosso

Otro de los aspectos positivos es que, siguiendo al especialista, la nueva propuesta es el producto de muchos intercambios entre Nación y el COFEMA. "Esto es importante porque aún las provincias más reacias a la Ley de Humedales finalmente acordaron. Desde ese punto de vista, el proyecto tiene más chances de salir porque es consensuado entre las jurisdicciones”, aseguró.

Los aspectos negativos

Algunos de los cambios introducidos en el nuevo texto no son positivos a los ojos del especialista. Uno de ellos es un cambio en la definición de humedales. El proyecto anterior de Grosso consideraba como humedales “a aquellos ambientes en los cuales la presencia temporaria o permanente de agua superficial o subsuperficial causa flujos biogeoquímicos propios y diferentes a los ambientes terrestres y acuáticos. Rasgos distintivos son la presencia de biota adaptada a estas condiciones, comúnmente plantas hidrófitas y/o suelos hídricos o sustratos con rasgos de hidromorfismo”.  

El texto del COFEMA trae en dicha definición un cambió muy sutil. “Sacaron el nexo y/o. Esto no es menor porque indica que se tienen que cumplir con todas las condiciones y habilita a dejar afuera a los salares, por ejemplo. Los salares son puntos críticos por el tema del Litio. Los salares no tienen plantas y, según esta definición, no entran como humedal. Es una sutileza que no es menor porque hace que tengan que cumplir con ambos requisitos. Es un punto muy negativo”, explicó Quintana. 

Humedales: pros y contras del nuevo proyecto de ley

Participación ciudadana

Por otro lado, Quintana aseguró que esta nueva iniciativa acota la participación ciudadana y el acceso a la información pública. “No son consistentes con el Acuerdo de Escazú. En el otro proyecto quedaba mucho más ejemplificado cuáles eran los sectores que debían incluirse y acá queda algo muy general que invita a promover pero no mucho más. El tema queda súper minimizado y no del todo claro”, agregó.

En el proyecto previo, se contemplaba “garantizar el libre acceso a la información pública ambiental en términos de la ley 25.831 y la participación ciudadana efectiva y equitativa con perspectiva de género, en los procesos de toma de decisiones que tengan o puedan tener impactos significativos sobre los humedales, con especial consideración de los derechos de los pueblos indígenas, en cumplimiento de las disposiciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”. El proyecto actual solo dice “promover el acceso a la información pública y la participación ciudadana”.

Un punto clave

"Ante el desarrollo económico de los pueblos, la conservación queda minimizada", considera el investigador Rubén Quintana.

Uno de los puntos más polémicos del nuevo articulado es el G, sobre desarrollo sostenible. En este sentido, la propuesta habla de “permitir un aprovechamiento de los humedales compatibles con la conservación de la estructura y funciones ecosistémicas de los humedales en consideración del derecho del desarrollo de los pueblos de acuerdo a su planificación territorial”.

“Esto no está bien, porque de acuerdo con el derecho al desarrollo entonces se puede explotar litio en un Sitio Ramsar como ocurrió ahora en Catamarca. ¿Dónde está el límite? La conservación queda minimizada en este caso. Este punto no es feliz. Ante el desarrollo económico de los pueblos, la conservación queda minimizada”, indicó Quintana.

Por otra parte, siguiendo al especialista, un artículo que no está presente en el nuevo texto es el de equidad territorial y social que promueve el acceso a toda la población a los beneficio que aportan los humedales e invitada a garantizar los derechos de las personas que los habitan y dependen de ellos para su vida, otorgándole prioridad a los pueblos indígenas y comunidades locales. “Que hayan sacado esto me hace mucho ruido, me suena raro”, alertó.

Otro artículo que sacaron fue el 10, de regiones de humedales compartidas entre jurisdicciones: “Cuando se trate de regiones de humedales compartidos entre dos o más jurisdicciones, las mismas deberán coordinar la elaboración del ordenamiento ambiental territorial y su gestión, realizando un acuerdo formal interinstitucional entre las autoridades de aplicación de cada jurisdicción”.

“Con la experiencia de la ley de bosques comprobamos que es necesaria la articulación. En el Delta hay tres jurisdicciones si no hay un acuerdo formal, como fue en 2018, con el plan estratégico, es muy difícil después gestionar los problemas. Es importante considerar la gestión del territorio desde el punto de vista ecológico y no político”, añadió Quintana.

El Artículo 18 de planificación, que establecía que el Estado y las jurisdicciones debían asegurar que las políticas productivas sean congruentes con los objetivos de la presente ley y generarán incentivos para la adopción de prácticas adecuadas a dichos objetivos y a la restauración de humedales. Para Quintana este punto no se debería haber quitado ya que era importante.  

Multas y sanciones

En el proyecto anterior estaban explícitas las sanciones correspondientes, los valores de las multas y las suspensiones o cancelación de la matrícula de los profesionales. En el texto actual no hay detalles al respecto. “Así como está no dice nada, no está bueno que hayan sacado los valores y tiempos de referencia”, aclaró Quintana.

Para finalizar, Quintana hizo hincapié en la importancia de que el proyecto pueda finamente pasar por las comisiones y llegar al recinto, donde se pueda discutir todo lo que sea necesario para que no vuelva a ocurrir lo que pasó anteriormente que perdió estado parlamentario por no terminar de pasar por las comisiones. De momento, resta esperar los próximos pasos que dará el COFEMA.